En nuestros días, existen momentos en los que las declaraciones de determinados representantes del mundo de la política rebasan con temeridad el límite de lo admisible. Es el caso del fallo del Tribunal Supremo en la cuestión de la condena al Fiscal General del Estado. Se está dando por hecho que se ha fallado sin pruebas, lo que vendría a significar, nada más y nada menos, que el Supremo habría violentado el artículo 24 de nuestra Constitución, dedicado a la presunción de inocencia.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo está compuesta por juristas de reconocida competencia, con más de quince años de ejercicio profesional. Un Tribunal al que para acceder se requiere y valora la trayectoria profesional, experiencia en el orden jurisdiccional correspondiente, publicaciones jurídicas, docencia, sentencias relevantes y reconocimientos o méritos acreditados. Lo que hace difícil sospechar conductas antijurídicas por parte de sus magistrados.
Así, resulta harto dificil entender que el fallo objeto de injustificada polémica no se ha fundamentado en pruebas, lo que se está propagando por el gobierno con atrevida imprudencia.
Y si, en el supuesto de que la sentencia se base en pruebas indiciarias, resulta conveniente entender que una suma de pruebas indiciarias se convierte en una prueba de cargo.
Por tanto, carece de razón y de justificación estas descabelladas críticas al Poder Judicial que a ningún sitio van a llegar, si es que ese era el objetivo...conducir al descrédito de Jueces y Magistrados.

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.